El Covid 19 y su incidencia en el plano sanitario en Ecuador ha connotado en el gobierno saliente una vulneración monumental del Derecho a la Salud consagrado en la madre de nuestras Leyes, la Constitución de la Republica del Ecuador. Que si bien es cierto el Código Civil de nuestro país nos hace alusión en su Art 1 segundo inciso “Son leyes las normas generalmente obligatorias de interés común.”. ¡Que nos quiere decir esto! Todos los habitantes de nuestro País deben de conocer al menos las normas establecidas en la Constitución de la Republica del Ecuador, netamente garantista de Derechos el desconocimiento no exime de culpa a nadie.
Por cultura general como ciudadanos debemos al menos haber leído por alguna ocasión la C.R.E. y si no lo hemos hecho aun tenemos el tiempo de hacerlo. En el plano de la emergencia Sanitaria, la cual empezó esta debacle humanitaria en el año 2020 marzo; Del cual se han marchado muchas vidas cuan importantes han sido para la sociedad, pero mas que eso el Gobierno saliente del señor Lenin Moreno ha omitido relativamente esta catástrofe de muertes en nuestro País, siendo de alguna manera responsable de la misma como mandatario garante de gestionar los recursos del pueblo y de alguna manera. Adquirir grandes dosis contra el Covid-19 e inocular por completo a la sociedad ecuatoriana.
Que como sabemos el Gobierno de Israel, Emiratos Árabes Unidos, Chile y demás países son un ejemplo en el plano de la vacunación, el cual tienen en números gran cantidad de gente inmunizada, situación que es contraria en nuestro país lamentablemente vulnerando de alguna manera el mismo Estado Ecuatoriano el Derecho a la Salud tipificado en la Constitución de la Republica del Ecuador en su artículo 32 que textualmente reza lo siguiente, «La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.”
Descontextualizándolo de la siguiente manera, para que exista salud en el individuo deben de estar vinculados algunos factores que son muy importantes para la plena realización del buen vivir; Como un optimo trabajo, una buena alimentación, un ambiente saludable, planes y políticas gubernamentales que estrechamente vinculadas conllevaría a tener una buena salud en sus ciudadanos en el caso que nos amerita el gobierno saliente ha omitido casi que por completo estos derechos tan prioritarios quedando plasmados como letra muerta lamentablemente ahondándose cada vez más la degradación social producida por un gobierno tan incompetente que no ha garantizado ni en el 1 % del Derecho a la Salud actualmente.
Quedándonos como ejemplo de que no debemos que esperar nada lamentablemente de los gobiernos si no de nosotros mismo, y con esto me salta una gran incógnita y entonces para que sirven los gobiernos si no van articular acciones estatales que conlleven el bien y la excelente realización para sus ciudadanos.
Autor: Oscar Garrido Paladines.