El Gobierno Nacional define fechas para la reducción del IVA al 8% para los servicios turísticos

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De conformidad con la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, el presidente Guillermo Lasso emitió el Decreto Ejecutivo N.º 644 con el que se oficializa la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% a la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas, durante 11 días en el año 2023, los mismos que son:

Carnaval: sábado 18, domingo 19, lunes 20 y martes 21 de febrero
Semana Santa: viernes 7, sábado 8 y domingo 9 de abril
Día de Difuntos e Independencia de Cuenca: jueves 2, viernes 3, sábado 4 y domingo 5 de noviembre.
Esta reducción aplicará a todos los servicios o actividades que cuenten con registro de turismo, entre las que se encuentran: alojamiento, alimentos y bebidas, transporte turístico (incluye transporte aéreo), operación, intermediación, agencias, y otras reguladas en la normativa turística vigente.

Con esta normativa, el Gobierno Nacional promueve el desarrollo del turismo, impulsando a que más ecuatorianos recorran las maravillas de las cuatro regiones de nuestro país y ahorren en sus viajes, fomentando así la cadena de valor del turismo, que es la fuente de sustento de más de medio millón de familias a escala nacional.

Conozca el Decreto Ejecutivo N.º 644 ingresando a:

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